IVA de servicios digitales y remotos.

Software, plataformas, almacenamiento, publicidad y asesorías remotas contratadas al extranjero. Responde las tres compuertas —territorialidad, IVA o Impuesto Adicional, y calidad del beneficiario— y la herramienta define cómo tributa la operación, con la ruta operativa, las normas y una ficha de respaldo para tu expediente.

1
Territorialidad
¿Se utiliza en Chile?
2
IVA o Adicional
Pendiente
3
El beneficiario
Pendiente
DATOS

La operación

Se copian tal cual a la ficha de respaldo. Puedes empezar a responder sin llenarlos y completarlos al final.

COMPUERTA 1

¿El servicio se utiliza en Chile?

Art. 5 DL 825. En servicios remotos se presume utilizado en Chile si concurren al menos dos de cuatro indicios objetivos. Basta que se preste o se utilice en territorio nacional.

0 de 4 indiciosMarca los indicios que concurren.
COMPUERTA 2

¿IVA o Impuesto Adicional?

Art. 12 letra E N° 7 DL 825 · Art. 59 LIR. Los ingresos afectos al Impuesto Adicional están exentos de IVA. Es la compuerta que más se salta y la que más plata mueve.

¿El pago al exterior está afecto al Impuesto Adicional del art. 59 de la LIR?

COMPUERTA 3

¿Tu sociedad es contribuyente de IVA?

Art. 11 letra e) versus art. 35 A DL 825. Es la pregunta bisagra: define quién declara el impuesto. Se resuelve sociedad por sociedad, no a nivel de grupo.

Contribuyente de IVA es quien realiza operaciones gravadas (art. 3). Tener RUT y giro, o emitir facturas exentas, no basta.

Referencia rápida
Cómo verificar si el prestador está inscrito — las dos nóminas del SII
sii.cl/vat/dwn_esp.html →
Contribuyentes inscritos en el régimen simplificado (~900 prestadores). Categorías: Bienes, Servicios, o ambos. Actualización semanal.
sii.cl/vat/neni_esp.html →
Empresas no inscritas afectas a cambio de sujeto por medios de pago. Se publica el 15 de diciembre y rige desde el 1 de enero (Res. Ex. N° 5/2026).
sii.cl/vat/ →
Portal matriz IVA Digital: entrada a ambas nóminas, instrucciones y la Circular N° 42/2020.
Buscar por razón social, no por marca. Muchos servicios operan bajo una marca distinta de la entidad inscrita. Revisa la categoría (Bienes ≠ Servicios) y guarda evidencia fechada a la fecha del devengo: la nómina cambia cada semana.
El procedimiento completo en una página
#Pregunta o acciónNormaSi la respuesta es…
1¿Se utiliza en Chile? Verificar si concurren 2 de 4 indicios.Art. 5 inc. 3° DL 825NO → sin hecho gravado, documentar. SÍ → seguir.
2¿La remesa está afecta al Impuesto Adicional del art. 59 LIR?Art. 12 E N° 7 DL 825Afecta sin exención → exento de IVA, no emitir factura de compra. No afecta, o exento por convenio → gravado, seguir.
3¿Mi sociedad realiza operaciones gravadas con IVA?Art. 3 y 11 e) DL 825SÍ → Ruta A. NO → Ruta B.
4Ruta A — informar al proveedor la calidad de contribuyente y el RUT, para que no recargue el 19%.Art. 35 ASi igual recarga, ese impuesto no da crédito: pedir corrección.
5Ruta A — emitir factura de compra electrónica con retención total. RUT 55.555.555 si el proveedor no tiene RUT chileno.Art. 11 e) · Circular 42/2020Emitir en el período del devengo.
6Ruta A — declarar la retención en el código 39 del F29 y tomar el crédito en el mismo formulario.Circular 42/2020Verificar la línea del código 39 en el F29 del período.
7Ruta A mixta — enterar el 100% de la retención y prorratear solo el crédito.Art. 23 N° 3 · art. 43 Regl.El servicio de uso común entra al crédito común.
8Ruta B — verificar en sii.cl/vat si el proveedor está inscrito (categoría Servicios). Guardar captura fechada.FAQ SII 001.200.7782Inscrito → recarga 19% y es costo. No inscrito → paso 9.
9Ruta B — evaluar solicitar al SII autorización para retener y enterar el impuesto.Art. 3 inc. 3° · Circular 42/2020Opcional. Sirve para controlar y documentar, no para recuperar.
10Ruta B — registrar el 19% como costo, activándolo o llevándolo a resultado con el gasto.Art. 23 encab. y N° 2Presupuestar el sobrecosto: no es recuperable.
11Siempre — dejar en el expediente la hoja con las tres conclusiones y su norma.Art. 200 CTSe defiende el criterio contemporáneo, no el reconstruido.
El cruce mensual que delata el incumplimiento (autodiagnóstico)

Desde la Res. Ex. N° 107 de 14.11.2024, el prestador extranjero inscrito informa al SII a qué contribuyentes chilenos NO les recargó el IVA (por ser contribuyentes). El SII lo cruza contra las facturas de compra y el código 39 del F29: si te identificaste como contribuyente y luego no emitiste la factura de compra, el descalce es de detección automática, sin fiscalización de campo.

Hazlo ahora: extrae del mayor todos los pagos al exterior por servicios de los últimos 36 meses y crúzalos contra las facturas de compra emitidas y el código 39. Cada pago sin factura de compra y sin una conclusión documentada de exención (art. 12 E N° 7) es una contingencia abierta. La regularización se hace rectificando los F29 con reajustes e intereses del art. 53 CT — y ojo: el débito no prescribe a tu favor dentro del plazo del art. 200, pero el crédito sí caduca (art. 24 DL 825). Mientras más se espera, peor.
Resultado referencial con fines de orientación y respaldo interno. La calificación de un pago al exterior bajo el art. 59 de la LIR es materia compleja y aquí solo se marca su interacción con el IVA; verifica siempre la vigencia de las normas y, ante casos límite, consulta. Base normativa: DL 825, Ley 21.713, Circulares SII N° 12/2025 y N° 42/2020, Res. Ex. N° 107/2024.
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